Cualquier Distribuidor Independiente de Coral Club que observe un posible incumplimiento de las normas establecidas deberá, en primer lugar, informar al socio implicado sobre las reglas vigentes en la compañía, ofrecerle orientación para corregir la situación y recordarle las posibles consecuencias de no respetar dichas normas. Si la persona involucrada rechaza cooperar o persiste en el incumplimiento, el Distribuidor deberá informar a Coral Club utilizando el formulario de contacto oficial.
10. En caso de incumplimiento de las normas, políticas o instrucciones escritas de Coral Club, la Compañía se reserva el derecho de aplicar medidas disciplinarias proporcionales, que podrán incluir el bloqueo temporal del número de socio o la limitación del acceso a determinadas actividades, tras evaluación individual del caso.
10.1. Establecer un período de seguimiento durante el cual el Distribuidor Independiente deberá corregir las irregularidades detectadas.
10.2. Aplicar restricciones temporales, tales como:
10.3. Limitación temporal en el avance de rango según el Plan de Compensación.
10.4. Suspensión de menciones o reconocimientos públicos (eventos, webinarios, oficinas) durante el período de evaluación o hasta la corrección de la infracción.
10.5. Suspensión temporal de los pagos de bonificación hasta que se resuelva la situación y/o se cumplan las condiciones establecidas.
10.6. En caso de infracciones graves, como reinscripción intencionada, promoción engañosa o incumplimiento reiterado de las normas de conducta, Coral Club podrá aplicar medidas adicionales, conforme a las condiciones contractuales y la legislación vigente, previa revisión y valoración individual del caso.